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Es el programa que debe descargarse de la página del SAT para la presentación de la declaración anual de las personas físicas
 
 

 
 
 
 

Las siguientes personas físicas se encuentran obligadas a presentar declaración anual, el límite para la presentación de la declaración anual es el día 30 de abril:

 
Salarios y asimilables a salarios

Cuando se encuentren en los siguientes supuestos:

  • El total de sus ingresos excedieron $400,000
  • Prestaron servicios a 2 o más patrones
  • Percibieron otro tipo de ingreso acumulable
  • Dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre
  • Comunicaron por escrito la opción de presentar ellos su declaración anual.

Actividades empresariales y profesionales y Arrendamiento de inmuebles

En régimen general o intermedio se deberá presentar declaración anual de ISR e IETU (éste último para ejercicios anteriores al 2014).

Enajenación de bienes y Dividendos

Se presentará información de ISR anual.

Intereses reales

Se presenta declaración, en los siguientes casos:

  • El ingreso por el interés real excede $100,000
  • Se tengan ingresos acumulables adicionales
  • Cuando el ingreso acumulable adicional es el de sueldos salarios, solo se presentará en los siguientes casos:
    • La suma de los ingresos por sueldos y salarios exceda $400,000 
    • La suma de los ingresos por sueldos y salarios no excede $400,000, pero el monto de los intereses reales es mayor $100,000.


Ingresos exentos

Se deben declarar los siguientes ingreso exentos, los cuáles sólo conservarán su carácter de exentos al presentar la declaración:

  • Préstamos, donativos y premios cuando en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000
  • Cualquier otro concepto, cuando exceda $500,000; en estos otros conceptos se incluyen: herencia, legados, viáticos o enajenación de casa-habitación.
 
 
 

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